OTHON P. BLANCO, MX. – Ante la falta de respuesta de la presidenta municipal de Puerto Morelos, Laura Fernandez Piña a los oficios enviados, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) se reservó el derecho a tomar en cuenta el Programa de Desarrollo Urbano 2020-2030 aprobado por el Cabildo, ya que violenta el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) de Benito Juarez, el cual se encuentra vigente desde el 2014.
A través del oficio SPPA/193/2021, de fecha 20 de Julio, dirigido a Fernández Piña, el subsecretario de Planeación y Política Ambiental, Arturo Argueta Villamar, hace referencia a los oficios SPPA/305/ 2020 y SPPA/056/2021 mediante los cuales se señaló que el Programa de Desarrollo Urbano del centro de población de Puerto Morelos 2020-2030 no atendía Los criterios de regulación ecológica para los asentamientos incluidos en el Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Benito Juárez, vigente para el territorio municipal, según el Periódico Oficial del gobierno del estado de Quintana Roo del 27 de febrero del 2014.
Sobre el particular, Argueta Villamar informó que, en virtud de que no ha habido respuesta a los dos oficios emitidos ni se ha dado cuenta de algún acercamiento para abordar el tema, la Semarnat se reserva el derecho de tomar en cuenta este instrumento de planeación en los trámites competentes de esta secretaría.
Finalmente le hago la atenta invitación a reunirnos a la brevedad posible y generar una agenda de trabajo conjunta que permita cumplir con los objetivos de ambos instrumentos de planeación y coordinación para lo cual fue designada la maestra Sandra Varillas Arriaga, directora de Ordenamiento Ecológico, como enlace.
Cabe recordar que el 11 de diciembre, la Semarnat, a través de la Subsecretaría de Planeación y política ambiental, envió un primer oficio en el cual solicitó a la autoridad municipal de Puerto Morelos ajustar el anteproyecto del PDU, de acuerdo con el marco legal ambiental y urbano para que pudiera ser validado y reconocido ya que, además de violentar la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, también la Ley General y Estatal de Asentamientos Urbanos y convenios firmados entre la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas y con la Procuraduría Agraria y Registro Agrario Nacional al detectar que no se respetaron los criterios de regulación ecológica contenidos en el Programa de Ordenamiento Ecológico Local además de no respetar el proceso de participación ciudadana e ir en contra de la vocación del municipio al aumentar densidades, alturas y demás parámetros urbanos para dar entrada a proyectos que ponen en riesgo sus recursos naturales de acuerdo con los sectores científico, académico y la sociedad civil del poblado. (Noticaribe)